lunes, 11 de mayo de 2009

Boletin de Prensa 056 STPS FEDERAL obligaciones GUIA

Boletines / Mayo 2009

Boletín 056
10 de mayo de 2009 Conocer Factores de Riesgo en centros de trabajo, indispensable para mitigar efectos de epidemia: STPS

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informa que el riesgo al que están expuestos los trabajadores de contraer influenza A(H1N1) puede ser muy alto, alto, medio o bajo, dependiendo del contacto que tengan con posibles fuentes de contagio en su centro de trabajo.
Un riesgo de exposición considerado "muy alto" es característico de ocupaciones con potencial elevado de contacto a altas concentraciones de fuentes conocidas o con sospecha de contagio durante procedimientos médicos o de laboratorio.
Así, es muy alto el grado de riesgo de contagio que experimentan los médicos, enfermeras, dentistas y personal de laboratorios que realizan procedimientos que implican exposición a fluidos de pacientes con sospecha de contagio del virus de la influenza A(H1N1), como inductores de tos, broncoscopías, algunos procedimientos dentales o recolección invasiva para la toma o el manejo de muestras, tales como exudado faríngeo o biopsia, entre otros.
Por otra parte, las ocupaciones con "alto" potencial de exposición a fuentes conocidas o con sospecha de contagio corresponden a los trabajadores que proporcionan cuidados sanitarios a pacientes potencialmente infectados, tales como: médicos, enfermeras y personal del hospital que ingresa a los cuartos de dichos pacientes; paramédicos y técnicos médicos de emergencia que transportan a pacientes infectados o con sospecha de infección.
También están expuestos a un riesgo alto los médicos forenses que ejecutan autopsias en cuerpos infectados, así como el personal de los depósitos de cadáveres y del mortuorio, los chóferes de ambulancias, camilleros, personal de dietología y de servicios de intendencia en hospitalización.
Las ocupaciones que tienen un grado de riesgo "medio" implican contacto frecuente y cercano de exposición, esto es, a una distancia menor a 2.25 metros de personas con posibilidad de contagio. Es el caso de trabajadores del equipo de salud tales como: asistentes médicos, trabajadoras sociales, personal de orientación al público o recepcionistas.
Asimismo, corren un grado de riesgo medio los trabajadores con un contacto altamente frecuente con público en general, personas en edad escolar, compañeros de trabajo, clientes, y otros individuos o grupos que colaboren en actividades tales como agrupaciones mercantiles, profesionales, cívicas, políticas, laborales y religiosas; compraventa de alimentos, bebidas y productos del tabaco, compraventa en tiendas de autoservicio y de departamentos especializados por línea de mercancías, servicios de enseñanza o servicios financieros y de seguros (bancos, financieras, compañías de seguros y similares), entre otros.
Existen ocupaciones que tienen un riesgo de infección "bajo". En este rubro se encuentran las actividades laborales que no implican contacto frecuente y cercano de exposición por estar ubicadas a un distancia mayor a 2.25 metros de personas con posibilidades de contagio.
A cada centro de trabajo está asociado alguno o algunos grados de riesgo de los mencionados anteriormente, dependiendo de las actividades que desempeñe el personal en cada área.
Para mitigar dichos riesgos, es necesario seguir estrategias generales de control diferenciadas, que pueden ir desde el distanciamiento social hasta la cuarentena, pasando por el aislamiento.
Las estrategias mencionadas, la promoción de la salud y la fase de la epidemia que señale la Organización Mundial de la Salud, son elementos a considerar por cada centro de trabajo para elaborar su plan para prevenir y contener la epidemia de influenza A(H1N1).
La incorporación de dicho plan en el Programa Preventivo de Salud de cada centro de trabajo es una obligación establecida en el Artículo 144 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.
Para obtener mayor información sobre este tema, y para conocer cómo planear, dirigir e instrumentar medidas de prevención y protección; capacitar e informar a los trabajadores o sobre cómo supervisar su aplicación por medio de los servicios preventivos de medicina del trabajo y las comisiones mixtas de seguridad e higiene, la STPS invita a conocer, adaptar y aplicar la Guía de Recomendaciones para Instrumentar el Plan de Emergencia en los Centros de Trabajo por la Epidemia de Influenza.
Esta Guía está disponible en www.stps.gob.mx
Finalmente, si los trabajadores desean presentar una queja, denuncia o requieren información laboral, se les invita a llamar a la Procuraduría Federal de Protección a los Trabajadores (PROFEDET), al 01800 911 7877.

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